CONSEJO DE ESTADO RATIFICA QUE 11 PREDIOS DE LAS PAVAS SON BALDÍOS DE LA NACIÓN Y ABRE UN NUEVO CAMINO PARA LAS FAMILIAS CAMPESINAS DE ASOCAB

21 de agosto de 2026

CONSEJO DE ESTADO RATIFICA QUE 11 PREDIOS DE LAS PAVAS SON BALDÍOS DE LA NACIÓN Y ABRE UN NUEVO CAMINO PARA LAS FAMILIAS CAMPESINAS DE ASOCAB

El Consejo de Estado negó las pretensiones de Aportes San Isidro S.A.S. y dejó en firme las decisiones administrativas que determinaron que 11 predios de la zona de Las Pavas, en el sur de Bolívar, conservan su condición de baldíos de la Nación. La sentencia, proferida el 17 de julio de 2026, resuelve la controversia judicial en la que la empresa buscaba dejar sin efecto las decisiones adoptadas por el entonces Instituto Colombiano de Desarrollo Rural (INCODER), hoy Agencia Nacional de Tierras (ANT), que concluyeron que no existían títulos suficientes para demostrar la propiedad privada sobre estos terrenos. Para las familias campesinas agrupadas en ASOCAB, víctimas del conflicto armado y que llevan más de dos décadas esperando una definición sobre estas tierras, la decisión representa un paso de enorme importancia.

El origen de esta controversia se encuentra en la reclamación de Aportes San Isidro, que sostuvo que los terrenos hacían parte de una antigua propiedad privada y presentó documentos, escrituras y registros para demostrar una cadena de dominio. El Consejo de Estado estudió estos argumentos, así como las pruebas históricas, registrales y técnicas aportadas al proceso, y concluyó que no se logró demostrar la existencia de un derecho de propiedad privada sobre los 11 predios. También consideró que las inscripciones registrales aportadas no eran suficientes para acreditar el dominio, pues algunas correspondían a lo que jurídicamente se conoce como “falsa tradición”. En consecuencia, las decisiones administrativas que determinaron la condición de baldíos de estos predios permanecen vigentes.

Es importante precisar que este fallo de última instancia no entrega automáticamente las tierras a las familias de ASOCAB ni constituye, por sí mismo, una adjudicación. Sin embargo, sí despeja un obstáculo jurídico fundamental para que pueda avanzar el proceso orientado a definir el futuro de estos terrenos. El Consejo de Estado ordenó, además, levantar la medida cautelar que recaía sobre los predios mientras se resolvía el litigio y dispuso la inscripción de la sentencia en los respectivos folios de matrícula inmobiliaria.

Con la decisión judicial en firme, se abre ahora una nueva etapa en la que las autoridades competentes, especialmente la Agencia Nacional de Tierras, deberán continuar las actuaciones que correspondan frente a estos terrenos, de acuerdo con su condición de baldíos de la Nación y con el marco legal aplicable.

Para las familias de ASOCAB, que han sostenido durante años una lucha por la tierra en medio de incertidumbres, desplazamientos y dificultades, esta decisión tiene un profundo significado. No es el final del camino ni constituye todavía la adjudicación de los predios, pero sí significa que una de las principales controversias jurídicas que había condicionado ese proceso queda resuelta. La decisión representa, por tanto, una nueva posibilidad para que el Estado avance hacia una definición de fondo sobre estas tierras y para que las familias puedan seguir construyendo un proyecto de vida con arraigo y dignidad.

El Programa de Desarrollo y Paz del Magdalena Medio (PDPMM), la Clínica Jurídica sobre Derecho y Territorio de la Pontificia Universidad Javeriana y La Comisión de Interlocución del sur de Bolívar, centro y sur del Cesar, sur del Magdalena y proceso de los Santanderes, que han acompañado a estas familias desde el trabajo social, jurídico y comunitario, reconocen esta decisión como un paso que renueva la esperanza. Después de más de dos décadas de lucha, esta decisión permite mirar hacia adelante y confiar en que estas tierras puedan convertirse, finalmente, en una posibilidad real de permanencia en el territorio y de construcción de una vida digna y en paz para las familias campesinas de Las Pavas.

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